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Gobierno publica decreto que autoriza contratar a médicos nacionales y extranjeros sin colegiatura

Con la finalidad de contar con un mayor número de profesionales de la salud para hacer frente a la pandemia por COVID-19, el Gobierno flexibilizó los requisitos que se exigen para iniciar el ejercicio profesional y ordenó la reanudación de las actividades de los estudiantes que realizan su internado en los establecimientos de salud. 

A través del Decreto de Urgencia 090-2020 publicado hoy, se autoriza a las entidades públicas (Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales, sanidades de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas y EsSalud) contratar profesionales de las ciencias de la salud que cuenten con la resolución que acredite la condición de egresado y bachilleres, es decir, que, durante la Emergencia Sanitaria por Covid-19, no se requerirá presentar el diploma de grado correspondiente ni el registro en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

Asimismo, durante la vigencia de la emergencia sanitaria, se podrá contratar a los graduados y titulados de las carreras de ciencias de la salud en el extranjero, sin exigirles el requisito de reconocimiento o revalidación del grado o título y de autorización temporal del colegio profesional respectivo. En ese sentido, a los profesionales graduados en el exterior solo se les requerirá que su grado o título profesional cuente con la apostilla o legalización, correspondiente.

Además, el Gobierno dispuso la reanudación progresiva de las actividades de alrededor de 12 000 mil internos de ciencias de la salud a partir del 15 de agosto de 2020, a quienes se les otorgará un estipendio mensual no menor a la remuneración mínima vital. También se autorizó a los establecimientos de salud a proveer a los internos de los equipos de protección personal necesarios. Con este fin, el Ministerio de Salud recibió financiamiento adicional por 60 060 444 de soles.

Cabe indicar que, acabada la emergencia sanitaria, los egresados y extranjeros beneficiados con este decreto de urgencia, que deseen seguir prestando sus servicios profesionales en el país, deberán realizar los trámites para obtener el grado académico y título profesional correspondiente, asimismo, deben aprobar el examen nacional de las ciencias de la salud en aquellas carreras en que está implementado, y colegiarse obligatoriamente, dentro del plazo de seis meses contados desde la culminación de la Emergencia Sanitaria.

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