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Minsa podrá usar equipos, insumos y medicamentos de clínicas

¡Medidas urgentes ya! Omar Merino, presidente de la Comisión de Salud del Congreso, señaló que el Pleno del Parlamento “le hizo un favor al Ejecutivo” al aprobar por insistencia la ley que faculta al Ministerio de Salud (Minsa) a usar las instalaciones de las clínicas privadas. El legislador asegura que proyecto – que será publicado hoy en El Peruano – busca garantizar que los ciudadanos puedan acceder a una atención y una cama en un centro de salud en plena pandemia del covid-19.

“Al aprobarla por insistencia se dicta medidas para garantizar el servicio público de salud en casos donde haya daño o riesgo elevado a la salud… esta propuesta se aplica para toda emergencia sanitaria, no solo para el covid-19, para evitar que se generen los problemas que estamos teniendo hoy en día”, dijo en diálogo con Exitosa.

En este sentido, Omar Merino descartó que la aprobación de este proyecto signifique una nueva negociación con las clínicas, sino “que el equipo biomédico disponible” se deberá poner a disposición del Ejecutivo, para que el Minsa pueda buscar las mejores herramientas para administrar esos recursos.

“El día de hoy debería ser publicado (la norma aprobada por insistencia) en el diario El Peruano… esto va a ser un ahorro para el Estado, no podemos estar pagando tarifas planas que significan un lucro en plena emergencia sanitaria. Ya esas entidades sanitarias están muy cuestionadas y con esta ley el Estado se va a ahorrar mucho dinero”, agregó.

CONGRESO LA APROBÓ POR INSISTENCIA

Recordemos que, el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia el proyecto de ley que brinda facultades al Ministerio de Salud. La institución podrá intervenir las clínicas privadas durante la emergencia sanitaria por el covid-19.

La norma establece que los equipos biomédicos e infraestructura de los centros y establecimientos de salud privados serán puestos a disposición del sector en calidad de ente rector del sistema nacional de salud.

El Ministerio de Salud tendrá el deber de establecer los planes de acción para disminuir el riesgo o daño a la salud y la vida de las poblaciones, así como las acciones para cubrir los costos, sustentados y acreditados en que se incurran por el mantenimiento de los equipos, insumos y medicamentos.

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